COMERCIO ELECTRÓNICO
Dice la ley que abarca las cuestiones suscitadas por toda relación de índole comercial, sea o no contractual, estructurada a partir de la utilización de uno o más mensajes de datos de cualquier otro medio similar.
Por lo anterior, cuando nos referimos a comercio electrónico no necesariamente estamos en una relación contractual, sino en cualquier otra desarrollada por parte de los comerciantes, es así que la publicidad en internet es también un aspecto directamente relacionado con el comercio electrónico.
LEY 527 DE 1999
Mediante la expedición de la ley 527 de 1999 se adoptó en Colombia un esquema normativo que acoge en gran parte las recomendaciones de las dos leyes modelo de comercio y firma electrónica de la CNUDMI, no obstante, existen normas previas que hacer relación a temas electrónicos tales como la ley 270 de 1996 – Estaturia de la Administración de Justicia y el Derecho 1094 de 1996 que reglamentó al Artículo 617 del Estatuto Tributario con el fin de regular las condiciones y mecanismos de sistema de facturación electrónica.